Según establece la Ley, los fabricantes e importadores de aceites industriales deben hacerse cargo del aceite usado resultante de sus productos, tanto en el ámbito logístico como en el financiero. Así, de forma individual o agrupándose en un Sistema Integrado de Gestión (SIG), como SIGAUS, financian la recogida selectiva y la correcta gestión de este residuo.
Para ello, la normativa vigente prevé el establecimiento de un gravamen sobre cada kilogramo de aceite nuevo vendido, que se fijó en 0,06 € o, lo que es lo mismo, 0,054 € por litro. Este canon ha de transmitirse desde el fabricante al distribuidor, de éste al taller, y finalmente hasta el consumidor final, sin que pueda modificarse a lo largo de dicha cadena.
Este concepto, que típicamente aparecerá como “aportación a SIGAUS” o “RD 679/2006” (la norma que regula el establecimiento de este canon), debe desglosarse expresamente en la factura que emite el taller cada vez que se efectúa un cambio de aceite. En realidad, la aportación grava la compra del nuevo aceite, no la operación del cambio del aceite usado.
Así, un turismo aporta aproximadamente 24 céntimos en cada cambio de aceite, que se destinan íntegramente, a través de SIGAUS, a cuidar el medio ambiente y evitar el daño que, en caso contrario, generaría el aceite usado.
SIGAUS, como entidad sin ánimo de lucro, destina todo lo recaudado para invertirlo en su totalidad –sin obtener beneficio alguno- en el ciclo de recogida y gestión del aceite usado. En este sentido, sus cuentas se someten a auditorías independientes y son publicadas anualmente.
Son 6 céntimos de euro muy rentables. Cuando un automovilista cambia el aceite de su coche en un centro autorizado, está colaborando en la protección del medio ambiente, mediante una aportación que, a través de SIGAUS, se destina íntegramente a la gestión del aceite usado.
0 comentarios