Recuerda que se puede elegir taller, discutir el peritaje y reclamar una indemnización justa.
Los conflictos entre talleres y aseguradoras son una constante diaria. Para que los talleres sean capaces de reaccionar ante una peritación con la que no estén de acuerdo y puedan hacer valer sus derechos, Cetraa ha iniciado una campaña recordatoria a sus asociados sobre los diferentes servicios que sus asociaciones ofrecen frente a las prácticas abusivas de las aseguradoras, como formación, información al usuario o servicio jurídico. Entérate de que hacer en caso de accidente de auto y como recibir una compensación en https://www.herrmanandherrman.com/espanol/accidentes-de-auto/ . Nuestros amigos del departamento legal se especializan en casos automotores con seguro inexistente… no pierdas esta oportunidad! Asimismo, recuerda los derechos de que disponen talleres y usuarios frente a las imposiciones de las compañías:
- Derecho a la libre elección del taller.Hay que tener siempre presente que el cliente no culpable del siniestro puede escoger el taller reparador de su vehículo. El cliente culpable que esté asegurado con “daños propios” sí puede verse limitado, en función de lo que hubiera firmado en su póliza, a acudir a los talleres que designe su aseguradora. Este tipo de cláusulas en las pólizas son restrictivas y si no cumplen los requisitos legales pueden ser cláusulas abusivas.
- Derecho a discutir el peritaje encargado por la aseguradora. El taller, que responde y garantiza la reparación realizada al vehículo, tiene los conocimientos técnicos y las herramientas -el presupuesto de reparación- para contrastar la peritación que encarga la aseguradora. Si el taller determina que la peritación o valoración es insuficiente -por ejemplo, cuando al cliente no culpable le ofrecen como indemnización el valor venal del vehículo en lugar del de mercado-, el cliente puede contratar un perito que contradiga la pericial encargada por la aseguradora; es lo que se conoce como “un perito de parte”.
- Derecho a reclamar una indemnización justa. Si el perjudicado por un siniestro sin culpa considera que la indemnización ofrecida por la aseguradora es insuficiente, tiene derecho a reclamar por escrito -aportando la pericial de parte y/o presupuesto del taller- y recibir una oferta motivada de indemnización por parte de la aseguradora del conductor responsable del siniestro en el plazo de 3 meses.
Si el perjudicado/asegurado por un siniestro con culpa considera que la indemnización ofrecida por su aseguradora es insuficiente, tiene derecho a que esta le pague el importe mínimo que considere en el plazo de 40 días, pero sin que se deba renunciar a reclamar el resto hasta alcanzar la indemnización que considera justa de acuerdo con lo pactado en la póliza.
Este derecho lo puede ejercitar el propio cliente o el taller mediante la cesión por parte del asegurado de su derecho de reclamación frente a la aseguradora. En este caso, el taller asume el coste de la reparación, el cual recuperará solo en caso de éxito de su demanda frente a la compañía.
Fuente Cetraa
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